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Timeline 1630 - 1782

COLONIAL LEGISLATION AS FRAMEWORK FOR DISPOSSESSIONS IN THE CENTRAL ANDES: THE SALE OF THE CORREGIDOR'S OFFICE

  • Medeiros, Carmen

  • Sánchez Patzy, Radek

Publicado: 2024

**Image 1)** Guamán Poma de Ayala. *El corregidor discute con un encomendero sobre quién ha de llevar más dinero*. Access: June 19, 2024. Source: [Det Kongelige Bibliotek, Denmark](https://poma.kb.dk/permalink/2006/poma/495/es/text). Intervened digitally by Mauricio Sánchez Patzy.

Image 1) Guamán Poma de Ayala. El corregidor discute con un encomendero sobre quién ha de llevar más dinero. Access: June 19, 2024. Source: Det Kongelige Bibliotek, Denmark. Intervened digitally by Mauricio Sánchez Patzy.

Timeline 1630 - 1782

LEGISLACIONES COLONIALES QUE ENMARCARON LOS DESPOJOS EN LOS ANDES CENTRALES: VENTA DEL CARGO DE CORREGIDOR

  • Medeiros, Carmen

  • Sánchez Patzy, Radek

Publicado: 2024

**Imagen 1)** Guamán Poma de Ayala. *Dibujo 199. El corregidor discute con un encomendero sobre quién ha de llevar más dinero*. Acceso: 19 de Junio, 2024. Fuente: [Det Kongelige Bibliotek, Dinamarca](https://poma.kb.dk/permalink/2006/poma/495/es/text). Intervenido digitalmente por Mauricio Sánchez Patzy.

Imagen 1) Guamán Poma de Ayala. Dibujo 199. El corregidor discute con un encomendero sobre quién ha de llevar más dinero. Acceso: 19 de Junio, 2024. Fuente: Det Kongelige Bibliotek, Dinamarca. Intervenido digitalmente por Mauricio Sánchez Patzy.

Resumen

En el contexto de la crisis de la minería y el fuerte descenso demográfico que caracterizó el siglo XVII y principios del XVIII, y una vez superados los conflictos sobre la sucesión de la corona española (en la década de 1720), los Borbones comenzaron a diseñar una serie de reformas dirigidas a centralizar el poder real, modernizar la administración colonial, y aumentar la eficiencia económica en el manejo de los territorios bajo dominio español. Sin embargo, la corona no logró imponer la mayoría de estas reformas ya sea porque encontró mucha oposición en las colonias o porque éstas no estaban en condiciones de generar más ingresos. Esto ocurría con el Virreinato del Perú: enfrentaba una fuerte crisis demográfica y la minería de la plata, su principal fuente de riqueza, estaba en franca decadencia. Es en este contexto que, en 1633, la corona decidió poner a la venta cargos fiscales de alto rango. Unos años más tarde, en 1678, se puso también a la venta el puesto de ‘Corregidor’, la autoridad encargada de recaudar el tributo indígena, generando así las condiciones para mayor corrupción, explotación y despojos.

Durante el siglo VXII España fue perdiendo el liderazgo que había tenido al principio de la expansión colonial europea, al tiempo que Inglaterra iba ganando mayor hegemonía. Una serie de factores que incluyeron las guerras en Europa y la mala administración de sus colonias, generaron una seria crisis fiscal que la corona española trató de remediar con reformas fiscales orientadas a incrementar la carga impositiva. Una de estas medidas de carácter rentista, era la de poner a la venta el cargo de corregidor; de esta manera se contentaba con conceder poder e incentivos a dichas autoridades a cambio de ingresos seguros e ininterrumpidos.1 Según Andrien, con esta medida la corona habilitó a que un grupo de funcionarios casi siempre inexpertos, deshonestos y con fuertes conexiones locales, alcanzara el control de las agencias centrales de la hacienda2.

Subordinado a la autoridad virreinal y de la audiencia, el puesto de corregidor era el más alto a nivel provincial. Desde las reformas toledanas que organizaron el territorio de cada audiencia dividiéndola en provincias o corregimientos, el corregidor era el encargado de recoger el tributo indígena, administrar justicia y ‘proteger a los naturales’, entre otras competencias. Como observa Larson, “la mercantilización del puesto condujo al surgimiento de burócratas provinciales cuya autoridad y conducta carecían virtualmente de control. La difusión del poder entre autoridades provinciales redujo la capacidad del virrey para intervenir en los asuntos locales o entre grupos de interés en conflicto” 3. En otras palabras, esta medida abrió las puertas a todo tipo de prácticas fraudulentas y corruptas y a todo tipo de abusos de poder por parte de las autoridades coloniales locales.

Para las comunidades indígenas de las provincias de la Audiencia de Charcas, el impacto de esta medida fue devastador. En estos parajes alejados del centro de poder virreinal, los corregidores “habían torcido todos los recaudos decretados por la corona […] y explotaban sin recato el trabajo y los recursos de los indígenas a ellos sometidos” convirtiéndose así en “un segundo engranaje de la expoliación”4.

Los corregidores se enriquecían cometiendo abusos en cuatro áreas principales. La primera y la más común, con los repartimientos de mercancías que repartían mercancías tres veces al año de manera forzada: mulas, ropa, vino, coca, maíz, harina y otras mercaderías inútiles. La segunda, los trajines: hacían de intermediarios entre vendedores de estos productos en otras regiones y enviaban recuas de animales para llevar y traer la carga obligando a los indígenas a viajar con sus animales por una ínfima comisión que no cubría los muchos riesgos que implicaba el viaje. Todo esto hacía que el margen de beneficios para el corregidor se agigantara, hasta cinco veces su inversión inicial. La tercera la constituía la confiscación de tierras: confiscaban las tierras de los indígenas deudores y así contribuían a la expansión de la hacienda. Por último, estaba el alquiler de peones: posponiendo el servicio de la corona en provecho de particulares, alquilaban trabajadores indígenas a los hacendados españoles, sobre todo en la región que hoy pertenece al Perú5.

Estos abusos cometidos por los corregidores, que agravaron aún más la presión del tributo y la mita se incrementaron aún más cuando en el siglo XVIII la corona española legalizó el reparto forzado de mercancías, siendo éste uno de los factores que desencadenaron las rebeliones indígenas de 1780 – 82 en esta región de los Andes. El puesto de corregidor fue abolido en 1782 cuando la corona realizó una completa reorganización de la división política administrativa creando las Intendencias y el cargo de ‘Intendente’, el cual remplazó al de ‘Corregidor’.

Bibliografía consultada

Andrien, Keneth. Crisis y Decadencia: El Virreinato del Perú en el Siglo XVII. Banco Central de Reserva del Perú – Instituto de Estudios Peruanos, 2011.

Larson, Brooke. Colonialismo y Transformación Agraria en Bolivia: Cochabamba 1550-1990. La Paz, Bolivia: Vicepresidencia del Estado Plurinacional de Bolivia, 2017.

Sánchez Albornoz, Nicolás. Indios y Tributos en el Alto Perú. Lima: Instituto de Estudios Peruanos, 1978.

Vicepresidencia del Estado Plurinacional de Bolivia, 2017), 180.

Vicepresidencia del Estado Plurinacional de Bolivia, 2017), 167.


  1. Brooke Larson, Colonialismo y Transformación Agraria en Bolivia: Cochabamba 1550-1990 (La Paz: ↩︎

  2. Kenneth Andrien, Crisis y Decadencia: El Virreinato del Perú en el Siglo XVII. (Lima: Banco Central de Reserva del Perú – Instituto de Estudios Peruanos, 2011), 135. ↩︎

  3. Larson, Colonialismo y Transformación Agraria en Bolivia: Cochabamba 1550-1990 (La Paz: ↩︎

  4. Nicolás Sánchez-Albornoz, Indios y Tributos en el Alto Perú. (Instituto de Estudios Peruanos, 1978), 96. ↩︎

  5. Sánchez-Albornoz, Indios y Tributos en el Alto Perú, 97-99. ↩︎

Cita

Medeiros, Carmen, y Radek Sánchez Patzy. 2024. 'LEGISLACIONES COLONIALES QUE ENMARCARON LOS DESPOJOS EN LOS ANDES CENTRALES: VENTA DEL CARGO DE CORREGIDOR'. Despojos en las Américas. https://staging.dia.upenn.edu/es/content/TL008Venta/

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Timeline 1630 - 1782

LEGISLAÇÕES COLONIAIS QUE FUNDAMENTARAM AS DESAPROPRIAÇÕES NOS ANDES CENTRAIS: VENDA DO CARGO DE CORREGEDOR

  • Medeiros, Carmen

  • Sánchez Patzy, Radek

Publicado: 2024

Guamán Poma de Ayala. *Dibujo 199. El corregidor discute con un encomendero sobre quién ha de llevar más dinero* (Desenho 199. O corregedor discute com um encomendeiro sobre quem deve levar mais dinheiro). Acesso: 19 de junho, 2024. Fonte: [Det Kongelige Bibliotek, Dinamarca](https://poma.kb.dk/permalink/2006/poma/495/es/text). Intervenção digital por Mauricio Sánchez Patzy

Guamán Poma de Ayala. Dibujo 199. El corregidor discute con un encomendero sobre quién ha de llevar más dinero (Desenho 199. O corregedor discute com um encomendeiro sobre quem deve levar mais dinheiro). Acesso: 19 de junho, 2024. Fonte: Det Kongelige Bibliotek, Dinamarca. Intervenção digital por Mauricio Sánchez Patzy

Resumo

No contexto da crise da mineração e da forte queda demográfica que caracterizou o século XVII e início do XVIII, e uma vez superados os conflitos sobre a sucessão da coroa espanhola (na década de 1720), os Bourbons começaram a desenhar uma série de reformas dirigidas a centralizar o poder real, modernizar a administração colonial e aumentar a eficiência econômica no manejo dos territórios sob domínio espanhol. Contudo, a coroa não conseguiu impor a maioria dessas reformas, seja porque encontrou muita oposição nas colônias ou porque estas não estavam em condições de gerar mais receitas. Isso ocorria com o Vice-Reino do Peru: enfrentava uma forte crise demográfica e a mineração da prata, sua principal fonte de riqueza, estava em franca decadência. É nesse contexto que, em 1633, a coroa decidiu colocar à venda cargos fiscais de alto escalão. Alguns anos mais tarde, em 1678, colocou-se também à venda o posto de ‘Corregedor’, a autoridade encarregada de arrecadar o tributo indígena, gerando assim as condições para maior corrupção, exploração e desapropriações.

Durante o século XVII, a Espanha foi perdendo a liderança que tinha tido no início da expansão colonial europeia, ao mesmo tempo em que a Inglaterra ia ganhando maior hegemonia. Uma série de fatores que incluíram as guerras na Europa e a má administração de suas colônias geraram uma séria crise fiscal que a coroa espanhola tratou de remediar com reformas fiscais orientadas a incrementar a carga tributária. Uma dessas medidas de caráter rentista era a de colocar à venda o cargo de corregedor; dessa maneira, contentava-se em conceder poder e incentivos a ditas autoridades em troca de receitas seguras e ininterruptas.1 Segundo Andrien, com essa medida, a coroa possibilitou que um grupo de funcionários, quase sempre inexperientes, desonestos e com fortes conexões locais, alcançasse o controle das agências centrais da hacienda2.

Subordinado à autoridade vice-real e da Audiência, o posto de corregedor era o mais alto em nível provincial. Desde as reformas toledanas, que organizaram o território de cada Audiência dividindo-a em províncias ou corregedorias, o corregedor era o encarregado de arrecadar o tributo indígena, administrar a justiça e ‘proteger os naturais’, entre outras competências. Como observa Larson, “a mercantilização do posto conduziu ao surgimento de burocratas provinciais cuja autoridade e conduta careciam virtualmente de controle. A difusão do poder entre autoridades provinciais reduziu a capacidade do vice-rei para intervir nos assuntos locais ou entre grupos de interesse em conflito”.3 Em outras palavras, essa medida abriu as portas a todo tipo de práticas fraudulentas e corruptas e a todo tipo de abusos de poder por parte das autoridades coloniais locais.

Para as comunidades indígenas das províncias da Audiência de Charcas, o impacto dessa medida foi devastador. Nesses lugares afastados do centro de poder vice-reinal, os corregedores “haviam distorcido todas as salvaguardas decretadas pela coroa […] e exploravam sem escrúpulos o trabalho e os recursos dos indígenas a eles submetidos”, convertendo-se assim em “uma segunda engrenagem da espoliação”4.

Os corregedores se enriqueciam cometendo abusos em quatro áreas principais. A primeira e a mais comum, com os repartimientos de mercadorias que distribuíam mercadorias três vezes ao ano de maneira forçada: mulas, roupa, vinho, coca, milho, farinha e outras mercadorias inúteis. A segunda, os trajines: faziam de intermediários os vendedores desses produtos em outras regiões e enviavam tropas de animais para levar e trazer a carga, obrigando os indígenas a viajarem com seus animais por uma ínfima comissão que não cobria os muitos riscos que implicava a viagem. Tudo isto fazia com que a margem de lucros para o corregedor aumentasse enormemente, até cinco vezes seu investimento inicial. A terceira área constituía a confiscação de terras: confiscavam as terras dos indígenas devedores e assim contribuíam para a expansão da hacienda. Por último, estava o aluguel de peões: postergando o serviço da coroa em proveito de particulares, alugavam trabalhadores indígenas para os fazendeiros espanhóis, sobretudo na região que hoje pertence ao Peru5.

Esses abusos cometidos pelos corregedores, que agravaram ainda mais a pressão do tributo e da mita, aumentaram ainda mais quando, no século XVIII, a coroa espanhola legalizou a distribuição forçada de mercadorias, sendo este um dos fatores que desencadearam as rebeliões indígenas de 1780-82 nessa região dos Andes. O cargo de corregedor foi abolido em 1782, quando a coroa realizou uma completa reorganização da divisão político-administrativa criando as Intendências e o cargo de ‘Intendente’, o qual substituiu o de ‘Corregedor’.

Bibliografia consultada

Andrien, Keneth. Crisis y Decadencia: El Virreinato del Perú en el Siglo XVII. Banco Central de Reserva del Perú – Instituto de Estudios Peruanos, 2011.

Larson, Brooke. Colonialismo y Transformación Agraria en Bolivia: Cochabamba 1550-1990. La Paz, Bolivia: Vicepresidencia del Estado Plurinacional de Bolivia, 2017.

Sánchez Albornoz, Nicolás. Indios y Tributos en el Alto Perú. Lima: Instituto de Estudios Peruanos, 1978.

Vicepresidencia del Estado Plurinacional de Bolivia, 2017), 180.

de Reserva del Perú – Instituto de Estudios Peruanos, 2011), 135.

Vicepresidencia del Estado Plurinacional de Bolivia, 2017), 167.


  1. Brooke Larson, Colonialismo y Transformación Agraria en Bolivia: Cochabamba 1550-1990 (La Paz: ↩︎

  2. Kenneth Andrien, Crisis y Decadencia: El Virreinato del Perú en el Siglo XVII. (Lima: Banco Central ↩︎

  3. Larson, Colonialismo y Transformación Agraria en Bolivia: Cochabamba 1550-1990 (La Paz: ↩︎

  4. Nicolás Sánchez-Albornoz, Indios y Tributos en el Alto Perú. (Instituto de Estudios Peruanos, 1978), 96. ↩︎

  5. Sánchez-Albornoz, Indios y Tributos en el Alto Perú, 97-99. ↩︎

Cita

Medeiros, Carmen, y Radek Sánchez Patzy. 2024. 'LEGISLAÇÕES COLONIAIS QUE FUNDAMENTARAM AS DESAPROPRIAÇÕES NOS ANDES CENTRAIS: VENDA DO CARGO DE CORREGEDOR'. Despojos en las Américas. https://staging.dia.upenn.edu/pt/content/TL008Venta/

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